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¿Puede mi vehículo acogerse al Prever?

La Asociación Española de Fabricantes de Automóviles y Camiones publica en su web el listado de modelos excluidos de la subvención .

Anfac ha publicado en su web el listado de modelos que no pueden acogerse a la modalidad del Plan Prever de 721,21 euros. Son aquellos con motor de gasolina con más de diez años que están equipados con catalizador y usan gasolina sin plomo. Tampoco se incluyen en esta modalidad los diesel.

El resto de vehículos equipados con motorización de gasolina sí podrán acogerse a esta modalidad siempre y cuando cumplan el resto de condiciones, indica Anfac. La lista completa se puede consultar en http://www.anfac.com/prever/prever.html

El nuevo plan de renovación del parque de automóviles entró en vigor el uno de enero de 2004. La principal novedad es que beneficia la compra de un vehículo de gasolina o diesel, tanto nuevo como usado, siempre que su antigüedad sea inferior a cinco años.

La ayuda, a descontar del Impuesto de Matriculación, será de 480,81 euros al dar de baja un usado con diez o más años y de 721,21 euros si, además de lo anterior, no es apto para utilizar gasolina sin plomo. En este segundo caso quedan excluidos los diesel.

Desde el primer Prever, en 1994, más de 1,9 millones de vehículos se han acogido a las ayudas, trescientos mil en los dos primeros planes de los años 1994 - 95 y 1,6 millones entre 1997 y 2002. Actualmente, el 35% del parque de vehículos en España tiene más de diez años.

Otra de las novedades de la renovación del Prever es la posibilidad de beneficiarse de subvenciones en la compra o arrendamiento de un coche o vehículo industrial usado.

En el nuevo Plan Prever para automóviles usados la adquisición de un coche de ocasión estará subvencionada con 480,8 ó 721,21 euros. La subvención se concede al vendedor final a través de una deducción en su Impuesto de Sociedades o IRPF siempre que se trate de fabricantes, importadores, distribuidores, concesionarios o empresarios que desarrollen la actividad de compraventa de vehículos.

La bonificación deberá constar en la factura sin afectar al IVA en caso de adquisición. En caso de arrendamiento, se integra en la base del IVA.

El vendedor deberá conservar todas las facturas y certificados de baja para justificar la deducción.

La subvención será de hasta 480,81 euros con las siguientes condiciones:

- El vehículo adquirido o arrendado debe tener menos de cinco años.

- El turismo para desguace deberá tener una antigüedad igual o superior a diez años.

La subvención será de hasta 721,21 euros si además de los requisitos anteriores, el vehículo desguazado tiene motor de gasolina (se excluyen los diesel) no apto para utilizar combustible sin plomo.

También se benefician del Prever 2004 los vehículos industriales de peso inferior a seis toneladas. La subvención puede alcanzar los 480,81 euros para compradores y arrendatarios financieros si el vehículo adquirido o arrendado tiene menos de tres años. El que se va a desguazar deberá tener una antigüedad igual o superior a siete años desde su primera matriculación.

Las operaciones entre particulares no se benefician de ninguna bonificación.

El plazo de vigencia de este nuevo plan es hasta el 31 de diciembre de 2006.